Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 55
55 / 139En vigor desde 30 jun 1990
Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda a vender al Banco de España, al precio vigente en el mercado a la fecha de la operación, el oro y la plata de los que el Estado es actualmente titular.
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Proeli/es/l/1990/06/29/4#art-55