Título TÍTULO II
Art. Disposición adicional
16 / 21En vigor desde 1 sept 1990
La Biblioteca Central, de titularidad estatal, será gestionada por la Comunicad Autónoma, de acuerdo con los convenios que, en su caso, se suscriban y de conformidad con la legislación que les sea aplicable.
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Proeli/es-ri/l/1990/06/29/4#disposicion-adicional