Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección Segunda. De la Comisión Regional
Art. 58
58 / 127En vigor desde 10 sept 1989
Son órganos de la Comisión Regional del Banco de Tierras, con la composición y funciones que se señalan en esta Ley:
a) El Consejo.
b) El Gerente.
c) El Secretario.
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Proeli/es-as/l/1989/07/21/4#art-58