Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
5 / 127En vigor desde 10 sept 1989
Los órganos competentes de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia agraria son el Consejo de Gobierno y la Consejería de Agricultura y Pesca.
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Proeli/es-as/l/1989/07/21/4#art-5