Art. 29
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 29

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En vigor desde 10 sept 1989
1. Durante el período de información pública del proyecto de bases provisionales, los afectados por la concentración podrán formular alegaciones, aportando los documentos en que fundamenten sus derechos. 2. Las alegaciones se presentarán en la sede de la Comisión Local correspondiente, para su estudio y aprobación provisional de las bases con las modificaciones que procedan como consecuencia de las alegaciones presentadas.
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eli/es-as/l/1989/07/21/4#art-29