Art. Disposición final
14 / 14En vigor desde 22 jun 1987
Se faculta a la Xunta de Galicia para dictar, en el plazo de los cuatro meses siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, las disposiciones que fuesen precisas para su desarrollo y cumplimiento.
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Proeli/es-ga/l/1987/05/27/4#disposicion-final