Título TÍTULO ÚNlCO›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 9En vigor desde 14 nov 1986
Se crea «Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana», abreviadamente FGV, como Ente público de la Generalitat, que tendrá por objeto las funciones, atribuciones y fines establecidos en la presente Ley.
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Proeli/es-vc/l/1986/11/10/4#art-1