Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 30 ene 1984
La participación efectiva de todos los sectores afectados en la programación general de la enseñanza, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se realizará de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y en las disposiciones que la desarrollen.
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eli/es-an/l/1984/01/09/4#art-1