Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO V

Art. Disposición final segunda

43 / 43
En vigor desde 2 dic 1983
La presente Ley entrará en vigor al siguiente día del de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/1983/11/23/4#disposicion-final-segunda