Art. Disposición adicional trigésima sexta
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional trigésima sexta

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En vigor desde 1 ene 2011
El Gobierno, en el ejercicio 2011, iniciará un proceso de negociación con las Administraciones andaluzas competentes en el que se estudiarán las condiciones de la participación económica de la Administración General del Estado en la cofinanciación de las necesidades de explotación de los metros de Málaga y Sevilla.
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