Art. 98
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. 98

98 / 230
En vigor desde 1 ene 2011
Con efectos de 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida, se modifican las cuantías de las tasas contenidas en el apartado 4 de la disposición adicional primera de la Ley 11/1988, de 3 de mayo, de protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores. Este apartado queda redactado: «4. Cuotas. La tasa se exigirá con arreglo a la siguiente tarifa: 1. Tasa por solicitud del registro: 56,58 euros. 2. Tasa por depósito de material: 37,45 euros. 3. Tasa por inscripción de transferencias. Por cada registro: 12,85 euros.»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2010/12/22/39#art-98