Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 106
107 / 182En vigor desde 1 ene 2008
Los nombramientos y ceses de quienes, en el ámbito de la jurisdicción militar, ejerzan funciones judiciales, fiscales y de secretarios relatores se efectuarán según lo previsto en la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, sobre Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.
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Proeli/es/l/2007/11/19/39#art-106