Art. 4
4 / 17En vigor desde 21 dic 1995
El Centro de Investigaciones Sociológicas desarrollará sus actividades con arreglo a un programa anual, de acuerdo con sus funciones y consignaciones presupuestarias. En el primer trimestre de cada año elevará a las Cortes Generales una Memoria relativa a la ejecución del programa correspondiente al ejercicio precedente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1995/12/19/39#art-4