Título TITULO IX
Art. Disposición adicional segunda
101 / 135En vigor desde 1 ene 1993
Los programas y actuaciones a los que les será de especial aplicación durante 1993, el sistema previsto en la Disposición Adicional decimosexta de la Ley 37/1988 serán, cualquiera que sea el agente del sector público estatal que los ejecute o gestione, los siguientes:
Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.
Seguridad Vial.
Formación Profesional Ocupacional.
Atención Primaria a la Salud, INSALUD Gestión Directa.
Educación Infantil y Primaria.
Educación Secundaria, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.
Gestión e Infraestructura de Recursos Hidráulicos.
Infraestructura del Transporte Ferroviario.
Creación de Infraestructura de Carreteras.
Mejora de la Infraestructura Agraria.
Investigación Científica.
Investigación Técnica.
Investigación y Desarrollo Tecnológico.
Escuelas Taller y Casas de Oficios.
Infraestructura de Aeropuertos y de la Circulación Aérea.
Infraestructura Portuaria.
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Proeli/es/l/1992/12/29/39#disposicion-adicional-segunda