Art. Disposición adicional primera
4 / 13En vigor desde 29 dic 2022
La aplicación de las modificaciones previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, efectuadas mediante esta ley, quedan condicionadas a su compatibilidad con el derecho de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado.
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Proeli/es/l/2022/12/27/38#disposicion-adicional-primera