Art. 3
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 21 dic 2022
A los efectos de esta ley, la infraestructura ferroviaria se compone de los elementos especificados en el anexo IV, siempre que formen parte de las vías principales y de las de servicio, con excepción de las vías situadas dentro de los talleres de reparación de material rodante y de los depósitos o garajes de máquinas de tracción, así como de los ramales de desviación para particulares. Se modifica por el .1 de la Ley 26/2022, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21574#ap Se modifica por el .1 del Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17769

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Pro

eli/es/l/2015/09/29/38#art-3