Art. Disposición transitoria octava

Art. Disposición transitoria octava

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En vigor desde 1 ene 2012
Los artículos 25 bis y 25 ter de la Ley Concursal, modificados por esta ley, serán de aplicación a los concursos en tramitación a la fecha de su entrada en vigor, siempre que en ninguno de ellos se hubiesen aprobado los textos definitivos, lista de acreedores e inventario.
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