Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

6 / 8
En vigor desde 31 oct 2011
La presente Ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª de la Constitución española.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2011/10/10/37#disposicion-final-primera