Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 140
151 / 249quinque
En vigor desde 1 ene 2000
Será sujeto pasivo del impuesto correspondiente a las entregas de oro de inversión que resulten gravadas por haberse efectuado la renuncia a la exención a que se refiere el artículo 140 ter, el empresario o profesional para quien se efectúe la operación gravada.
Se añade por el .14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1999-24786 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1992/12/28/37#art-140-2