Art. Disposición final sexta
Título TITULO VIIICapítulo CAPITULO IVSecc. Otras disposiciones

Art. Disposición final sexta

173 / 181
En vigor desde 1 ene 1990
Se autoriza al Gobierno para afectar al Plan de Empleo Rural créditos destinados a la financiación del Programa de Inversiones Públicas, así como a fijar las condiciones de contratación y las características del colectivo de trabajadores a emplear en la ejecución de dichos proyectos. Se prorroga en la forma establecida en la disposición final 1 del Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1989-30591 Téngase en cuenta, sobre el ámbito del periodo de prórroga, la disposición adicional 11 del citado Real Decreto-ley.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1988/12/28/37#disposicion-final-sexta