Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IV

Art. Disposición final primera

35 / 38
En vigor desde 30 sept 2015
Esta ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.4.ª y 29.ª de la Constitución que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de defensa y Fuerzas Armadas y en materia de seguridad pública.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2015/09/28/36#disposicion-final-primera