Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 71
71 / 234En vigor desde 1 ene 2015
Con efectos 1 de marzo de 2015 y vigencia indefinida la cuantía de las prestaciones patrimoniales de carácter público de Aena, S.A. establecidas en el Título VI, Capítulos I y II de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, se mantendrán en los mismos niveles que las exigibles el 28 de febrero de 2015.
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Proeli/es/l/2014/12/26/36#art-71