Art. Disposición final séptima
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final séptima

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En vigor desde 1 ene 2004
La exención contenida en el número 1.º del apartado uno del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, se aplicará al franqueo de envíos postales efectuados por terceros que operen en nombre y por cuenta del operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal mediante impresiones o estampaciones realizadas con máquinas de franquear. Se modifica por la disposición adicional 19 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-23936 .

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eli/es/l/2003/11/11/36#disposicion-final-septima