Art. Artículo decimosexto
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Artículo decimosexto

16 / 33
En vigor desde 13 nov 2003
Se modifica el artículo 16.3 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, para que quede redactado como sigue: «3. El Tribunal hará público su informe una vez recibido éste por el Ministro de Economía y tras resolver, en su caso, sobre los aspectos confidenciales de su contenido.»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2003/11/11/36#articulo-decimosexto