Art. Disposición adicional séptima
12 / 17En vigor desde 16 nov 2007
A partir de los Presupuestos Generales del Estado de 2008 se incrementarán sustancialmente las partidas destinadas a financiar, mediante convenio entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas y otras Administraciones, las nuevas inversiones y la puesta en marcha de nuevos centros y servicios que posibiliten la extensión y generalización de la red de escuelas infantiles en el tramo de cero a tres años.
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Proeli/es/l/2007/11/15/35#disposicion-adicional-septima