Art. Disposición transitoria vigésima séptima
Título TÍTULO XIII

Art. Disposición transitoria vigésima séptima

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En vigor desde 29 sept 2013
Los contribuyentes que obtengan ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de acciones o participaciones adquiridas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 14/2013 podrán aplicar la exención prevista en la disposición adicional trigésima cuarta de esta Ley en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2012, siempre que se cumplan los requisitos y condiciones establecidos en dicha disposición adicional. Se añade por el .12 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre. Ref. BOE-A-2013-10074 .

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Pro

eli/es/l/2006/11/28/35#disposicion-transitoria-vigesima-septima