Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

28 / 29
En vigor desde 30 jul 1980
Para lo no dispuesto expresamente en esta Ley será de aplicación con carácter supletorio la legislación general sobre Derechos Pasivos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1980/06/26/35#disposicion-final-tercera