Art. Disposición transitoria primera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 6 oct 2011
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley se procederá a la renovación de los vocales designados del Real Patronato, en los términos previstos en el Real Decreto 318/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
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