Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición final séptima
55 / 58En vigor desde 17 nov 2007
El Gobierno elaborará y aprobará en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de esta ley un texto refundido en el que se regularicen, aclaren y armonicen las disposiciones legales vigentes en materia de evaluación de impacto ambiental.
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Proeli/es/l/2007/11/15/34#disposicion-final-septima