Art. 23
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 23

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En vigor desde 17 nov 2007
Las Administraciones públicas y demás entidades sujetas a la legislación sobre contratación pública promoverán, en el ámbito de sus competencias, la aplicación de medidas de prevención y reducción de la contaminación atmosférica de acuerdo con la normativa vigente sobre contratos del sector públicos.
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eli/es/l/2007/11/15/34#art-23