Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Régimen de responsabilidad
Art. 13
15 / 70En vigor desde 23 ene 2025
1. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información están sujetos a la responsabilidad civil, penal y administrativa establecida con carácter general en el ordenamiento jurídico, sin perjuicio de lo dispuesto en esta Ley.
2. Para determinar la responsabilidad de los prestadores de servicios por el ejercicio de actividades de intermediación, se estará a lo establecido en los artículos siguientes.
Se deja sin efecto la modificación del apartado 2 por Resolución de 22 de enero de 2025, que publica el Acuerdo del Congreso de los Diputados por el que se deroga el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-1136 Se modifica el apartado 2 por la disposición final 2.7 del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-26915#df-2
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2002/07/11/34#art-13