Título TITULO VI
Art. Disposición transitoria vigésima tercera
192 / 198En vigor desde 29 may 2011
Antes de que transcurra un año desde la entrada en vigor de la presente ley, ENAGÁS, S.A. constituirá las sociedades filiales a las que se refiere la disposición adicional trigésima primera de esta Ley. Los aranceles de Notarios, Registradores Mercantiles y de la Propiedad correspondientes a los actos necesarios para la constitución de las filiales quedarán reducidos al 10%.
Se añade por la disposición final 6.2 de la Ley 12/2011, de 27 de mayo. Ref. BOE-A-2011-9279 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1998/10/07/34#disposicion-transitoria-vigesima-tercera