Art. Disposición transitoria vigésima tercera
Título TITULO VI

Art. Disposición transitoria vigésima tercera

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En vigor desde 29 may 2011
Antes de que transcurra un año desde la entrada en vigor de la presente ley, ENAGÁS, S.A. constituirá las sociedades filiales a las que se refiere la disposición adicional trigésima primera de esta Ley. Los aranceles de Notarios, Registradores Mercantiles y de la Propiedad correspondientes a los actos necesarios para la constitución de las filiales quedarán reducidos al 10%. Se añade por la disposición final 6.2 de la Ley 12/2011, de 27 de mayo. Ref. BOE-A-2011-9279 .

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Pro

eli/es/l/1998/10/07/34#disposicion-transitoria-vigesima-tercera