Art. 1
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección primera. Objeto, ámbito de aplicación y principios de las políticas de juventud

Art. 1

1 / 64
En vigor desde 8 nov 2010
1. El objeto de la presente ley es establecer un marco normativo y competencial para desarrollar las políticas de juventud, ordenando los servicios y actividades que promueven y organizan las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, en el ámbito de Cataluña. 2. La finalidad última de la presente ley es garantizar que las personas jóvenes puedan definir y construir su propio proyecto de vida y participar en proyectos colectivos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2010/10/01/33#art-1