Art. Disposición adicional vigésima
Título TITULO VIIICapítulo CAPITULO II

Art. Disposición adicional vigésima

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En vigor desde 1 ene 1988
Quedan derogados los articulas 40 y 46 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.
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