Título TITULO VI›Capítulo CAPITULO IV
Art. 113
113 / 179En vigor desde 1 jul 2004
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1.h) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-23186#ddunica Se modifica el apartado 2 por el .1 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1991-30903#aochentaycuatro Se modifica, con efectos de 8 de junio de 1991, el apartado 2 por la disposición adicional 18 de la Ley 18/1991, de 6 de junio. Ref. BOE-A-1991-14391 Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 236, de 2 de octubre de 1991. Ref. BOE-A-1991-24238
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1987/12/23/33#art-113