Art. 100
Título TITULO VICapítulo CAPITULO ISecc. Sección 2.ª Impuesto sobre Sociedades

Art. 100

100 / 179
En vigor desde 1 ene 1988
Se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 1988 las normas especiales de aplicación del Fondo de Previsión para Inversiones previsto en el artículo 21 de la Ley 30/1972, de 22 de julio, sobre régimen económico-fiscal de Canarias.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1987/12/23/33#art-100