Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 93
93 / 141En vigor desde 30 abr 2008
Se considera concursos de proyectos a los procedimientos que permiten a la entidad contratante adquirir, principalmente en los ámbitos de la ordenación territorial y el urbanismo, la arquitectura, la ingeniería o el procesamiento de datos, planes o proyectos seleccionados por un jurado después de haber sido objeto de una licitación, con o sin asignación de premios.
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Proeli/es/l/2007/10/30/31#art-93