Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 81
81 / 141En vigor desde 30 abr 2008
1. La entidad contratante invitará simultáneamente y por escrito a los candidatos seleccionados a presentar ofertas o a negociar. La carta de invitación deberá ir acompañada bien de un ejemplar del pliego de condiciones y de la documentación complementaria o bien de la indicación del acceso al pliego y a los documentos anteriormente citados cuando se hayan puesto directamente a su disposición por medios electrónicos según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 79.
2. Cuando una entidad distinta de la entidad contratante responsable del procedimiento de adjudicación disponga del pliego de condiciones o de documentación adicional, la invitación precisará la dirección del servicio al que puedan solicitarse y, en su caso, la fecha límite para realizar dicha solicitud, así como el importe y las modalidades de pago de la cantidad que haya que abonar para obtener la documentación. Los servicios competentes remitirán dicha documentación a los operadores económicos tras la recepción de su solicitud.
3. Las entidades contratantes o los servicios competentes deberán enviar la información complementaria sobre los pliegos de condiciones o documentación adicional a más tardar seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de las ofertas, siempre que la hayan solicitado con la debida antelación.
4. Además, la invitación incluirá, como mínimo, la información siguiente:
a) Fecha límite para solicitar la documentación adicional, así como la cantidad y forma de pago del importe que, en su caso, se deba satisfacer para la obtención de dichos documentos.
b) Fecha límite de recepción de ofertas, dirección a la que deben remitirse e idioma o idiomas en que deben redactarse.
c) Referencia a cualquier anuncio de licitación publicado.
d) Indicación de la documentación que debe adjuntarse, si procede, a la presentación de la oferta.
e) Criterios de adjudicación relacionados con el objeto del contrato, cuando no figuren en el anuncio sobre la existencia de un sistema de clasificación que se utilice como medio de convocatoria de licitación.
f) La ponderación relativa de los criterios de adjudicación del contrato, o bien el orden de importancia de dichos criterios, en caso de que esta información no figure en el anuncio de licitación, en el anuncio sobre la existencia de un sistema de clasificación o en el pliego de condiciones.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2007/10/30/31#art-81