Art. 70
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. 70

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En vigor desde 30 abr 2008
1. Los anuncios se prepararán y enviarán con arreglo a los formatos y formularios normalizados para la publicación de anuncios a los que hace referencia el artículo 63 y con el contenido que se especifica respecto de cada tipo de anuncio en los anexos III a VIII, ambos inclusive. 2. Los anuncios que se remitan a la Oficina de Publicaciones de las Comunidades Europeas se publican en los plazos que se expresan en el apartado 3 del anexo IX en función del medio de envío empleado. 3. En casos excepcionales y previa petición de la entidad contratante dirigida a la Oficina de Publicaciones de las Comunidades Europeas, los anuncios de contratos mencionados en la letra c) del artículo 64 se publicarán en el plazo y forma establecidos en el anexo IX.
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eli/es/l/2007/10/30/31#art-70