Capítulo CAPÍTULO III
Art. 19
19 / 141En vigor desde 30 abr 2008
Los contratos que se adjudiquen en virtud de la presente ley se ajustarán a los principios de no discriminación, de reconocimiento mutuo, de proporcionalidad, de igualdad de trato, así como al principio de transparencia.
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Proeli/es/l/2007/10/30/31#art-19