Art. 54
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 54

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En vigor desde 10 feb 1996
Las limitaciones a la facultad de contratar con la Administración por la comisión de delitos o por infracciones administrativas muy graves en materia de seguridad y salud en el trabajo, se regirán por lo establecido en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.
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eli/es/l/1995/11/08/31#art-54