Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional vigésima cuarta
130 / 143En vigor desde 1 ene 1991
Lo establecido en la Disposición Final undécima de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, y sus normas de desarrollo, será también de aplicación a los colectivos de personal a que se refiere la Disposición Adicional sexta del Estatuto de Clases Pasivas de 22 de octubre de 1926.
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Proeli/es/l/1990/12/27/31#disposicion-adicional-vigesima-cuarta