Art. Tercera
Capítulo DISPOSICIONES ADICIONALES

Art. Tercera

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En vigor desde 23 nov 1988
Reglamentariamente se determinará el Organismo competente para dictaminar los expedientes de licencias para las instalaciones a que se refiere la presente Ley como acto previo a la concesión de la licencia municipal.
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eli/es/l/1988/10/31/31#tercera