Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final octava
51 / 53En vigor desde 11 sept 2015
Las normas reglamentarias que son objeto de modificación por esta ley podrán ser modificadas en el futuro por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
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Proeli/es/l/2015/09/09/30#disposicion-final-octava