Título TÍTULO V
Art. Disposición final primera
41 / 44En vigor desde 26 sept 2010
Todas aquellas referencias que la normativa vigente aplicable en Cataluña hace a las diputaciones provinciales se entienden realizadas a los consejos de veguería.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2010/08/03/30#disposicion-final-primera