Libro LIBRO VI
Art. Disposición adicional vigésimo primera
349 / 384En vigor desde 30 abr 2008
En el ámbito de la contratación pública, la determinación de los medios de comunicación admisibles, el diseño de los elementos instrumentales y la implantación de los trámites procedimentales, deberán realizarse teniendo en cuenta criterios de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal y como son definidos estos términos en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
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Proeli/es/l/2007/10/30/30#disposicion-adicional-vigesimo-primera