Art. 160
Libro LIBRO IIITítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 4.ª Procedimiento negociado§ Subsección 2.ª Tramitación

Art. 160

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En vigor desde 30 abr 2008
En el pliego de cláusulas administrativas particulares se determinarán los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de ser objeto de negociación con las empresas.
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