Libro LIBRO III›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Procedimiento restringido
Art. 152
159 / 384En vigor desde 30 abr 2008
En la adjudicación del contrato será de aplicación lo previsto en los artículos 144 y 145, salvo lo que se refiere a la necesidad de calificar previamente la documentación a que se refiere el artículo 130.
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Proeli/es/l/2007/10/30/30#art-152