Título TITULO VI›Capítulo CAPITULO IV
Art. Disposición transitoria segunda
75 / 79En vigor desde 26 ago 2006
Las variedades inscritas en el Registro de variedades comerciales conforme a la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de semillas y plantas de vivero, se regirán por las disposiciones de esta nueva ley, desde su entrada en vigor.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2006/07/26/30#disposicion-transitoria-segunda