Título TÍTULO IV
Art. Disposicion adicional quinta
66 / 75En vigor desde 31 ene 2003
El Gobierno de Aragón creará un grupo de intervención rápida de respuesta ante emergencias. Reglamentariamente se determinará su organización y composición.
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Proeli/es-ar/l/2002/12/17/30#disposicion-adicional-quinta